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Cumplir los tributos, deber cívico y aporte sustancial al presupuesto

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Cumplir los tributos deber civico y aporte sustancial al presupuesto 1

 

Según la Ley 113/2021, Ley Tributaria, los tributos son “las prestaciones pecuniarias que el Estado exige, por imperio de la ley, con el objetivo de obtener los recursos necesarios para la satisfacción de los gastos públicos y el cumplimiento de otros fines de interés general. Los tributos se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones”.

El propio cuerpo legal, en su artículo 7 deja claro que “son sujetos del Sistema Tributario y quedan obligados a tributar, las personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, de conformidad con lo dispuesto para cada tributo en la presente Ley”,

Aunque a la vista de la inmensa mayoría del pueblo, el cumplimiento de la disciplina tributaria no es trascendente, lo cierto es que resulta indispensable en cualquier sociedad.

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Los tributos devienen fuente importante de ingreso a los presupuestos locales. /Foto: ACN

¿Qué sucede en la provincia, al respecto?

En Cienfuegos existen nueve formas productivas, una empresa del presupuesto local y dos Mipymes que aún están pendientes del pago del impuesto sobre utilidades y el aporte al rendimiento de la inversión estatal (ingresos no tributarios), los cuales al decir de Suany Jiménez González, subdirectora de la Onat, «son las obligaciones fiscales que más ingresos generan a los presupuestos locales y constituyen, por lo tanto, una fuente importante de financiamiento de la vida de los territorios».

¿Qué procede ante el reiterado incumplimiento?

“Al existir empresas que dejaron de realizar en la fecha prevista, 24 de octubre 2022, los importantes aportes, la Onat decidió proceder al embargo preventivo a las cuentas bancarias de dichas entidades, en coordinación con los bancos”, explica la subdirectora.

“Valga aclarar que  antes de llegar a los citados embargos, se procedió a  alertar sobre el vencimiento del término territorial y nacional, se enviaron correos electrónicos  individuales a los contribuyentes y también intercambios personalizados presenciales y telefónicos.  De igual modo, se les reiteró el derecho que tienen de presentar solicitudes de aplazamientos de esos aportes tributarios, en caso de no contar con la liquidez necesaria para el pago”.

A propósito, en el Portal Tributario  se ofrecen detalles pormenorizados de cómo pueden realizarse los trámites para el aplazamiento.

La propia Ley Tributaria, en sus artículos 417 y 418 faculta a la Onat para imponer embargos preventivos.”Según esos artículos la administración tributaria está facultada, en cualquier momento, luego e transcurrido el término de pago, para embargar preventivamente los bienes y derechos del deudor por el valor que cubra la deuda tributaria.

“Por su parte, la obligatoriedad de realizar pagos parciales del Impuesto sobre las utilidades se estipula en el artículo 120, el cual dispone que los sujetos de este impuesto están obligados a efectuarlos, en sus tres primeros trimestres naturales, y que deben calcularlos sobre la base del tipo impositivo que corresponda a la utilidad imponible real que se obtenga en cada trimestre.

“Por su parte los pagos a cuenta del aporte por el rendimiento a la inversión estatal son normados en la Resolución 124/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios, que establece las relaciones financieras de las entidades con el Estado. Según esta norma, las empresas realizan el aporte parcial igualmente al cierre de cada uno de los tres primeros trimestres del ejercicio fiscal, al tiempo que  regula que una vez transcurrido el término de pago voluntario sin que estos se efectúen, las empresas estatales obligadas quedan sujetas a un recargo por mora y a las demás sanciones previstas en la legislación tributaria vigente, en la cuantía y forma que en ella se establecen”, amplía la funcionaria.

Valga pues la alerta  a todas las entidades sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones fiscales, “que constituyen además un deber cívico, pues de sus aportes depende que el presupuesto del Estado cuente   con los recursos necesarios para satisfacer las necesidades económicas y sociales del país”, apunta finalmente  Suany Jiménez González, subdirectora de la Onat.

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