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    Las administraciones, a todos los niveles de dirección, tramitan y solucionan los planteamientos realizados por los electores en las reuniones de rendición de cuenta de los delegados del Poder Popular y en los Despachos de los delegados con sus electores.

    Los Organismos de la Administración Central del Estado y los Consejos de la Administración Provinciales y Municipales, tienen establecido un sistema interno para la atención a los planteamientos formulados por los electores a los delegados del Poder Popular y emiten las normativas que complementan estas indicaciones teniendo en cuenta las disposiciones sobre el tema establecido en los Reglamentos de las Administraciones Locales y los de las Asambleas del Poder Popular.

    Las administraciones garantizan en su actuación, el tratamiento colegiado a los planteamientos y observan el principio de que estos siempre han de tener solución o una oportuna y razonada respuesta.

    Ante la imposibilidad material de la solución inmediata de los planteamientos formulados por los electores, por requerir recursos no disponibles en ese momento, los Consejos de la Administración Provinciales o Municipales y los Organismos de la Administración Central del Estado, de común acuerdo, establecen las prioridades a seguir, con vista a proponer su inclusión en el Plan de la Economía.

    Acuerdo No. 6560 para la atención a los planteamientos

    

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