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    Respuesta al documento presentado sobre la decisión de realizar una marcha con fines desestabilizadores.

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    Gobierno Provincial del Poder Popular

    Cienfuegos

     

     

    Respuesta al documento presentado sobre la decisión de realizar una marcha con fines desestabilizadores.

     

    12 de octubre de 2021

    “Año 63 de la Revolución”

    A: David Alejandro Martínez Espinosa.

    En atención al documento presentado, sobre la decisión de varios firmantes de realizar una marcha en fecha próxima, le comunico:

    El artículo 56 de la Constitución, que se menciona como sustento legal, dispone entre los requisitos para el ejercicio del derecho a la manifestación la licitud y el “respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley”.

    En cuanto a la licitud, no se reconoce legitimidad en las razones que se esgrimen para la marcha. Los promotores y sus proyecciones públicas, así como los vínculos de algunos con organizaciones subversivas o agencias financiadas por el gobierno estadounidense, tienen la intención manifiesta de promover un cambio de sistema político en Cuba. Ello reafirma que la marcha anunciada, cuyo esquema organizativo se concibe en simultáneo para otros territorios del país, constituye una provocación como parte de la estrategia de “cambio de régimen” para Cuba, ensayada en otros países.

    Además, apenas se anunció, la marcha recibió el apoyo público de legisladores estadounidenses, operadores políticos y medios de comunicación que alientan acciones contra el pueblo cubano, intentan desestabilizar el país e instan a la intervención militar.

    El artículo 45 de nuestra Carta Magna refiere que el “ejercicio de los derechos de las personas solo está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes”. En su artículo 4 se define que “el sistema socialista que refrenda esta Constitución es irrevocable”, por lo cual toda acción ejercida en su contra es ilícita.

    La Constitución de la República fue debatida ampliamente y aprobada en referendo por el 86,85 por ciento de los votantes, abrumadora mayoría que escogió de manera soberana y libre el sistema socialista, su irrevocabilidad y el derecho de combatir por todos los medios contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido.

    Teniendo en cuenta los argumentos anteriores, es evidente que, si bien se invoca un derecho constitucional, este no puede ejercerse en contra de los demás derechos, garantías y postulados esenciales de la propia Constitución, lo que determina el carácter ilícito de la marcha.

     

     Raúl González Quintana

    Jefe de Grupo Funcionamiento Interno

     y Asesoría Jurídica

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