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    Descripción del trámite: Obtención de la Licencia de Conducción por primera vez, para los ciudadanos cubanos, Extranjeros Residentes Temporal y Extranjeros Residentes Permanente.
         
    Requisitos: La Licencia de Conducción se expide a personas mayores de 18 años con las excepciones de la Especial Militar, que puede otorgarse a partir de los 17 años, a solicitud de la institución Militar y excepto de pago. A tenor de lo regulado en el Artículo 268 del Código de Seguridad Vial, la categoría (A1), se puede otorgar a partir de los 16 años de edad.
    Para cualquier trámite a realizar de Licencia de Conducción es obligatorio presentar el Carné de Identidad.

    A modo de información:
    1- Presentarse en el policlínico de su área de residencia, para realizar el examen médico. Según el Artículo 270 del Código de Seguridad Vial, de resultar apto por la comisión médica, presentarse en la Escuela de Educación Vial para tramitar el curso que acredita mediante certificado, la aprobación de este.
    2- Los Certificados son avalados por el Ministerio de Transporte   y el Órgano Nacional encargado de la seguridad del tránsito. Según el Artículo 254 del Código de Seguridad Vial.  
    El aspirante podrá presentarse en el Centro Territorial de Licencia de Conducción al que pertenece una vez que obtenga los certifico que legalizan los numerales anteriores. 

    Para realizar el Examen Teórico debe presentar:
    Certificados que legitiman el examen Médico y la Escuela de Educación Vial
    Sellos de Timbre: Presentar $ 30.00 en sellos timbrados.
    Solicitar el examen teórico, según los Artículos 273 y 274, la aspirante cuenta con tres oportunidades.

    La calificación del examen teórico se obtiene en el momento.
    De suspender: El aspirante tiene derecho a presentarse en tres oportunidades, de suspender   una vez, se presentará en dos oportunidades más por término de siete días como mínimo.

    De aprobar: Al aspirante le es otorgado el Permiso de aprendizaje para conducir, por un término de seis meses, prorrogable por seis meses más por un valor de $ 30.00 en sellos timbrados.

    Permiso de aprendizaje para conducir: Se hace entrega del permiso de aprendizaje, que le permite conducir por las vías autorizadas, con un acompañante con la misma categoría a la que aspira y con tres años de experiencia en la conducción como mínimo, este certificado tiene un término de vigencia de seis meses, prorrogable por seis meses, por un valor de $30.00 en sellos de timbre.

    Examen Práctico:

    El aspirante debe entregar al especialista por el que será evaluado en el examen práctico, el certificado de la Escuela, examen médico, dos fotos y el permiso de aprendizaje, yexamen donde serán evaluados los parámetros establecidos en el código de Seguridad Vial.  
    De Aprobar: Le será confeccionada y entregada la Licencia de conducción en el momento.
    De suspender: El conductor se presentará en dos oportunidades más por término de siete días como mínimo. De resultar desaprobado en la tercera oportunidad, el aspirante puede iniciar el trámite nuevamente en cualquier momento, previa presentación de la documentación vigente y el pago de impuesto sobre documentos establecidos en el reglamento.
    Los procedimientos antes expuestos serán de obligatorio cumplimiento para todos los aspirantes que soliciten un nuevo título y una nueva categoría superior, C, D, E y FE.


    Nota:

    • Los diferentes trámites que se realizan en nuestras Unidades sobre Licencia de conducción son personales.
    • Se orienta a todos los aspirantes que los documentos de solicitud para la obtención de un nuevo título o una nueva categoría una vez comenzado los trámites en una provincia determinada no son válidos en otra provincia, por lo que debe comenzar una vez más desde el principio.

    Tiempo de duración aproximado: 
     La obtención del certificado médico: esta dado en el tiempo de duración de una consulta médica excepto aquellos que por sus particularidades lleven otros procedimientos según determine la comisión médica.
     La obtención del certificado avalado por el Ministerio de Transporte y el Órgano Nacional encargado de la seguridad del tránsito: Están dados en el tiempo estimado en que las instituciones determinen que el conductor se encuentra preparado para realizar dicha actividad.

     

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