dsf_Encuadres Park 5.jpg
dsf_Encuadres Park 4.jpg
dsf_Encuadres Park 2.jpg
previous arrow
next arrow

Reducirán carga tributaria a trabajadores por cuenta propia tras ordenamiento monetario

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )
Pin It

Cuentapropistas

El vice primer ministro, Alejandro Gil Fernández, y el jefe de la Comisión de Implementación de los Lineamientos, Marino Murillo Jorge, comparecen en la Mesa Redonda para aclarar dudas e inquietudes de la población sobre el venidero proceso de ordenamiento monetario y cambiario en Cuba, que implica un nuevo tipo de cambio, eliminación de subsidios excesivos y gratuidades indebidas, y una modificación en la distribución de los ingresos.

Recomendamos leer - Aclaran dudas sobre ordenamiento monetario y cambiario en Cuba


¿Qué pasará con los precios del sector no estatal?

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, Marino precisó que el concepto de salario está más bien relacionado al contratado, y el trabajador por cuenta propia no lo es, aunque sí puede contratar. “Es una realidad que si los precios mayoristas se elevan, van a subir los precios de algunos insumos de los trabajadores por cuenta propia que compran a esos precios mayoristas. Los costos de la actividad por cuenta propia van a aumentar, como mismo van a aumentar los costos en el sistema empresarial”.

Es por ello –continuó– que “se va a producir un incremento en los precios de los servicios de los cuentapropistas, porque la tendencia de las personas es que ‘si me subieron los costos, voy a subir los precios para que mis márgenes de ganancias no se afecten’. Habría que ver si el mercado les permite que los precios crezcan de manera indiscriminada. Nosotros hemos calculado un incremento de los precios de los TCP, y es importante decir que se está revisando la carga tributaria con la que operan hoy los trabajadores por cuenta propia”.

Sobre esta cuestión, dio a conocer que se va a reducir la carga tributaria a los TCP en términos de impuestos, con el objetivo de que no necesariamente el crecimiento de los precios sea al mismo ritmo del crecimiento de los costos que van a tener. “En la legislación que se está diseñando, se le da facultad a los Gobiernos municipales para que puedan concertar acuerdos con los trabajadores por cuenta propia en cuanto a los precios que fijan por sus servicios”.

“Hoy hay actividades por cuenta propia que reconocen un 60% de gastos deducibles, lo que significa que si usted vendió 100 pesos, se le reconoce como gasto deducible 60%. Por lo tanto, paga el impuesto por 40. Pero si en su actividad el gasto no fue del 60%, sino del 70%, el ingreso es de 30 pesos pero tendría que pagar impuestos por 40. Cuando eso ocurre, tenemos que reconocer que el trabajador por cuenta propia tiene un ingreso imponible neto más grande que el ingreso real que él tuvo”.

Es por ello –dijo–, que la primera revisión es incrementar el gasto deducible. Se están estudiando varias variantes en el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, no relacionadas solo con la Tarea Ordenamiento, pero “el incremento del gasto deducible es, en automático, una reducción de la carga tributaria de los TCP”.

Otro elemento fundamental a tener en cuenta en materia tributaria es el llamado mínimo exento. Este se refiere al nivel de ingreso sobre el cual el Estado no puede cobrar impuesto porque debe respaldar el costo de la vida. En la actualidad, ese valor es de 10 000 pesos.

“Esta cifra también se va a incrementar, de manera que el mínimo exento va a estar en el entorno de las dos canastas de bienes y servicios de referencia mensuales, porque no todos consumen igual. Será un mínimo exento sobre el que no va a pagar impuesto nadie: ni el trabajador por cuenta propia, ni el obrero asalariado, ni los cooperativistas ni los campesinos”.

En la actualidad, existe un mínimo exento con un número para un grupo de actividades, otro mínimo exento para otras actividades... En este rediseño, se plantea un mínimo exento parejo para todo el mundo, aclaró Murillo Jorge.

“Si el mínimo exento es 3 000 pesos mensuales y mi salario fuera de 5 000 mensuales, por los 3 000 primeros yo no pagaría impuestos. Pagaría –que es lo que estamos calculando– un 3% de impuestos sobre el salario por el exceso desde los 3 000 pesos. Por tanto –si gano 5 000–, pagaría un 3% por los últimos 2 000 pesos”.

Concluyó que “se va a establecer un mínimo exento asociado al costo de la vida en Cuba parejo para todo el mundo. Ese indicador puede estar en el orden equivalente de las dos canastas de referencia mensuales, y se está dando facultades a los Gobiernos territoriales para concertar acuerdos, y no imponer cosas, con los trabajadores por cuenta propia, a partir de la reducción de la carga tributaria que tendrán para que los precios no crezcan al mismo nivel que crecieron los costos y que se mantengan las utilidades netas que hoy tienen ellos en la función que hacen”.

Escribir un comentario

Para hacer un comentario recuerde que:
1- No debe utilizar un lenguaje ofensivo.
2- Debe ajustarse al tema del artículo.
3- No se publicarán los comentarios que incumplan las políticas anteriores.


Código de seguridad
Refescar

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?